MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO. Y NS = O SO Eo AS ¿ra Palacio del Gobierno: | | Guatemala, Agosto 7 de 1877. y Atendiendo á que el aumento de un peso sobre cada rez que se beneficia, decretado en 22 de Mayo último y reclamado por las necesidades del tesoro, ha venido á ser onerosísimo, no por su can- tidad, sino por el abuso que de él han hecho los abastecedores y espendedores de las reces de consumo, tomándolo como pretesto pa- ra encarecer estraordinariamente la carne, con perjuicio de todos y principalmente de las familias pobres que viven de su trabajo personal; el Jeneral Presidente acuerda: 1. 2 Se rebaja el peso 1m- puesto sobre cada rez de consumo en decreto de 22 de Mayo próxi- mo pasado, mientras el Gobierno dispone lo conducente al estable- cimiento de un nuevo rastro en la Capital, y dicta las medidas que convengan para la regularidad de este ramo en los Departamentos de la República. 2.2 Queda en esta parte reformado el precitado decreto. —Comuníquese. Rubricadopor el Sr. Jeneral Presidente, Salazar,