SECRETARIA PARTICULAR Mel Eno. Jia. Dresidente de ly a GFepiblica ta, A tos Jefes Políticos 4 Jueces de 1.5 Instancia de los Departamentos 1 4 las demas autoridades subalternas de todas las poblaciones de la. Fiepública, 2 Altamente ofendido i disgustado el Ciudadano Jeneral Presi- dente de la República por las repetidas quejas, que de varias poblaciones le han venido, con respecto al uso, ó mas bien abuso que de su nombre hacen en los Dep: utamentos algunos jefes mi- litares, 1 otras personas que no son militares, en grave perjuicio de su buen nombre 1 el de su Gobierno, todo para satisfacer mi- ras rastreras en beneficio propio 1 de sus amigos, vejando á las autoridades 1 particulares 1 aun despojándoles de sus e des, de la manera mas injusta é incalificab! e; as! como tambien, por el abuso que muchos oficialos i jefes 11 ita es cometen en los pueblos por donde transitan con exijencias de caballos, mozos etc., me ha ordenado comunicar á todas las autoridades de la Re- pública, como lo hago a e de esta Circular: 1. = —Qune á nadie se ha dado hasta aquí, ni en lo sucesivo se darán comisiones que no consten por escrito, menos aun las ordenes reservadas, de que tanto alarde se ha hecho, con el pu- nible fin de vejar i despojar á las autoridades 1 particular es en los Departamentos. En consecuencia: cualquier jefe militar, ó al- guna otra persona que no lo sea, que quiera abusar del nombre del Presidente de la E epública, para llevar a cabo algunas veja- ciones ó despojar de sus pi opiedades € los pueblos ó particula- res, no será crei e n1 ted lo, sino que por el contrario, se le acusará inmediatamente ante el prime ea istrado dosla Repú- blica, pa que es ste tenga opor (unid: h de o severamente á esa jente nociva que trata de medrar con el descrédito de la actual Administracion; Y 2.2 —A ningun oficial ni jefe militar se le prestarán los au- xilios que solicite á nombre del Presidente, á no ser que exbiba la órden correspondiente de esta a aría. El mismo Ciudadano Jeneral Presidente ordena terminante- mente á todas las autoridades d e a República dén exacto cum- plimiento á todo lo anterior, i vijilen porque en sus re spectivas jurisdicciones sea dado tambie Un cortar de raiz un abuso ha repugnante y trascend . s la vez. L ñ Guatemala, Diciembre 24 de 1874.