ACUERDO NUMERO .29 SABED: que el S soberano € Gobernador 1 ' ha acordado lo siguiente. reformando el artículo 1927 de la orde- bien emitir el siguiente 10Teso Art. Unico.—Todos los empleados de la República al tomar po- sesion de gus destinos prestaran el juramento de ley ante los cesantes; to. ante el Gobernador de amental, si los funcionarios se vaá recibir juramento poriegicón a alguno de los Poderes 1 en á quienes Supremos. Dado en el Salon de Sesiones del yagua á 28 de Enero de 1875. Jos M Lar ía Zelaya D. P.——Carlos Madrid D. S.—Trinidad Fer- rarlD. Secretario. Al Se premo Poder Ejecutivo. Por tanto: —Ejecúteso. ) Comayagua, Enero 28 de 1875 O/(dD. Congreso Nacional, en Coma- PONCIANO LEIVA. inistro de Gobernacion, Á 1) ( DD A) O Z ÚNIGA, IMP IMPRENTA NACIONAL,