MINISTERIO D E L A GUERRA . f Palacio del Gobierno: Gua | | temala, Mayo 30 de 1873, 4 Y os que con la mira de eximirse del servicio wilitar sin pagar el valor que la ley establece por las escepciones, muchos individuos de los llamados 4 dicho servicio y no escep- tuados ocurren por los boletos de escepcion tan pronto como son conducidos y dados He alta en alguno de los cuerpos imnilitares de esta capital, cuya escepcion ya en este caso no es justa ni de- bida; el Presidente Provisorio tiene á bien declarar: que todo individuo en capacidad de servir en las milicias «que al ingre- sar en alguno de los cuerpos no presente boleto de escepcion, ho pueda obtenerlo sino hasta despues de vencido el tiempo de servicio que le corresponde dar segun la ley. Comuníquese y publíquese. Rubricado por el Señor Presidente Provisorio, Samayoa.