ANTONIO LOPEZ COLON GEFE POLITICO INTERINO DE ESTE DEPARTAMENTO. A A POR CUANTO: Es esta Gefatura se tienen datos positivos de que, varias per- sonas han cometido punibles abusos, faltas y arbitrariedades, pretes- tando y escudandose falsamente con el nombre del primer Majistra- do de la República, con lo cual se le infiere una notable injuria; y siendo un deber de las autoridades inferiores, velar por el decoro y buen nombre de las superiores; por tanto, y en uso de la auto- rizacion que me está concedida, cumpliendo con esta estricta obli- gacion, hé tenido 4 bien ordenar y ordeno: 12—Que, todos los a falsamente tomen el nombre del Sr. Presidente de la República, Ciudadano General J. Rufino Barros, para cohonestar ó cometer faltas, arbitrariedades y abusos, serán cas- tigados economicamente, con una prision correccional de quince dias A cuatro meses, segun las circunstancias, conmutable con una multa de cinco á cien pesos, sin perjuicio de sufrir la pena á que se ha- yan hecho acreedores, segun la falta del delito cometido. 22—Las personas que, ejerciendo algun cargo de los someti- dos 4 esta autoridad, dejen de cumplir las obligaciones que la ley les impone, por haberse invocado falsamente el ombre del Sr. Pre- sidente, serán depuestas de sus cargos, sin mas que una sumaria 1n- formacion, y castigados con mayor severidad. 30—Los Alcaldes ordinarios de todo este Departamento, que- dan encargados del exácto cumplimiento de esta disposicion, que para que llegue á noticia de todos, se publicará por bando. Dado en el despacho de la Grefatura Política, en Guatemala, 4 once de Mayo de mil ochocientos setenta y cuatro. Antonio L. Colom.