Antonio L. Colom, JEFB POLITICO DE ESTE DEPARTAMENTO. POR CUANTO: La Municipalidad de esta Capital, con presencia de lo dispuesto en el decreto número 252 y cumpliendo lo prevenido en el artículo 4.* de la ley que reglamen- ta la eleccion de Presidente de la República, ha dictado el acuerdo que se contiene en los artículos siguientes: 1-—El dia 26 del presente mes se instalará en el edificio municipal de esta Ciudad, la Junta que debe ca- lificar á todos los habitantes del Distrito electoral de Guatemala, que teniendo las calidades requeridas para ser electores, concurran ante ella con el fin de ser ins- critos en el libro correspondiente: 2—Los individuos que pretendan ser calificados ex- hibirán á la Junta certificacion del respectivo encar- ado del Rejistro Civil, en la que se haga constar la inscripcion de cada individuo como ciudadano, á efecto de obtener la boleta que deben presentar en el acto de la votacion. 3—La Junta de calificacion concluirá sus operacio- nes el 31 de Diciembre, estando abierta desde el 26 todos los dias, de diez de la mañana á las dos de la tarde; e. 4.—La votacion tendrá lugar en los dias del 2 al 7 de Enero próximo entrante y la Junta que en el mismo edificio ha de instalarse, recibirá los votos desde las nueve de la mañana á las dos de la tarde de cada dia; y en los tres últimos, tambien desde las cuatro hasta las seis de la tarde. POR TANTO; Y para que llegue á noticia de todos, publíquese por bando y fijese en los lugares de costumbre. Jefatura Política del Departamento de Guatemala, veinticuatro de Diciembre de m:l ochocientos setenta y nueve. Antonio L. Colom. a José Martinez. Srio. nr